OBJETO DEL TRAMITE :
Declaración responsable de obras en edificaciones ya existentes e instalaciones situadas en suelo urbano consolidado de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieren la presentación de documentación técnica que cumplan todas condiciones siguientes:
NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE:
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=68&modo=2¬a=0&tab=2
¿QUIEN PUEDE PRESENTAR LA DECLARACIÓN RESPONSABLE?
El obligado a presentar la declaración responsable es la persona física que promueve, realiza y financia la obra y/o instalación que pretende realizarse Esa persona tiene la consideración de promotor
El constructor/instalador podrá presentar la declaración en nombre del promotor cuando haya sido encomendado para ello, aportando el documento que acredite el encargo.
Tanto el promotor como el constructor/instalador pueden actuar a través de un representante acompañando la acreitación de la representación
¿COMO SE PUEDE HACER LA DECLARACIÓN RESPONSABLE ?
El promotor o su representante cumplimentará como interesado el formulario que aparecerá en la aplicación informática.
Si no dispone de ordenador o requiere asistencia puede acudir al Ayuntamiento en horario de oficina o solicitar cita previa al teléfono 967 33 40 01
En esa declaración aparecerán los datos de identificación del promotor y, en su caso, del representante.
Una vez rellenada la solicitud quedará registrada de entrada asignándose un número que permitirá localizar la declaración para su firma.
La solicitud deberá ser firmada por el interesado o su representante , bien con firma electrónica (obligatoriamente si se trata de personas jurídicas) o presencialmente acudiendo a la Oficina de Registro del Ayuntamiento donde se realice la obra, de la Diputación de Albacete o de cualquier otro Ayuntamiento de la provincia
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
La documentación señalada con un asterisco (*) es obligatoria.
IMPUESTOS Y TASA A PAGAR
De acuerdo con las Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento para la tramitación de la Declaración responsable deberá abonar:
¿COMO LO PAGO?:
TRAMITACIÓN
La declaración responsable de obras, se deberá presentar al menos con quince días de antelación respecto de la fecha en la que se pretenda dar inicio a la realización de las obras o instalaciones en cualquiera de los Registros habilitados.
Transcurrido el plazo de quince días desde la presentación de la declaración responsable, el interesado estará habilitado para realizar las obras y/o instalaciones contenidas en la misma, -siempre y cuando éstas se encuentren incluidas en la relación anterior y se haya presentado correctamente la documentación exigida-.
Si los servicios técnicos municipales detectaran que la declaración responsable presenta deficiencias derivadas del incumplimiento o falta de concreción de alguno de los requisitos exigidos, o bien se plantean actuaciones que no se pueden tramitar por declaración responsable de obras, o que el presupuesto indicado es manifiestamente inferior al coste de la obra proyectada, se requerirá al promotor para que subsane las deficiencias detectadas, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento, la declaración responsable para la ejecución de las actuaciones no surtirá efecto y se considerará que las mismas se han realizado sin habilitación para ello, siendo constitutivas de una infracción urbanística.
El requerimiento de subsanación de deficiencias interrumpe el cómputo del plazo de quince días que habilita para la ejecución de las actuaciones, reiniciándose una vez cumplimentado el requerimiento.
Se dará traslado a las Administraciones competentes de las comunicaciones cuyo objeto les afecte.
RESOLUCIÓN
Dentro de los veinte días hábiles siguientes a la presentación de declaración responsable el Ayuntamiento podrá dictar resolución denegando la posibilidad de realizar la actuación formulada cuando ésta esté sujeta al régimen de licencia y/o sea contraria a la ordenación territorial y urbanística, así como ordenar, justificadamente, la suspensión cautelar de la ejecución del acto. El transcurso del plazo de veinte días no supondrá en ningún caso la convalidación de la actuación de que se trate ni la renuncia a la posibilidad de ejercitar frente a ella la reacción que en Derecho proceda.
SERVICIO TRAMITADOR
La Secretaría del Ayuntamiento
QUIEN PUEDE RESPONDER A SUS DUDAS
Teléfono 967 33 40 01