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Declaración Responsable de Obras de escasa entidad constructiva que no requieren documentación técnica

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Declaración Responsable de Obras de escasa entidad constructiva que no requieren documentación técnica

OBJETO DEL TRAMITE : 

Declaración responsable de obras en edificaciones ya existentes  e instalaciones situadas en  suelo urbano consolidado de escasa entidad constructiva y sencillez técnica  que no requieren la presentación de documentación técnica que cumplan todas condiciones siguientes:

  • No requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente en materia de ordenación de la edificación
  • No alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el número de viviendas
  • No sean actos de construcción, edificación y uso del suelo que se encuentren incluidos en el artículo 165.2 del TRLOTAU , es decir :
  • Que no afecten a elementos con protección cultural
  • Que no afecten a la seguridad y salud públicas, ni requieran cualquier tipo de autorización ambiental
  • Que no sean realizados por particulares en dominio público

 

NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE:

        https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=68&modo=2¬a=0&tab=2

¿QUIEN PUEDE PRESENTAR LA DECLARACIÓN RESPONSABLE?

El obligado a presentar la declaración responsable  es  la persona física que promueve,  realiza y financia la obra y/o  instalación que pretende realizarse  Esa persona tiene la consideración de promotor

El  constructor/instalador podrá presentar la declaración en nombre del promotor cuando haya sido encomendado para ello, aportando el documento que acredite el encargo.

Tanto el  promotor como el constructor/instalador pueden actuar a través de un representante acompañando la acreitación de la representación

¿COMO SE PUEDE HACER LA DECLARACIÓN RESPONSABLE ?

 El promotor  o su representante cumplimentará como interesado  el formulario que aparecerá en la aplicación informática.

Si no dispone de ordenador o requiere asistencia puede acudir al Ayuntamiento en horario de oficina o solicitar cita previa al teléfono 967 33 40 01

En esa declaración aparecerán los datos de identificación del promotor y, en su caso, del representante.

Una vez rellenada la solicitud quedará registrada de entrada asignándose un número que permitirá localizar la declaración para su  firma.

La solicitud deberá ser firmada por  el interesado o su representante , bien con firma electrónica (obligatoriamente si se trata de personas jurídicas) o presencialmente acudiendo a la Oficina de Registro del Ayuntamiento donde se realice la obra, de la Diputación de Albacete o de cualquier otro Ayuntamiento de la provincia

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Memoria descriptiva detallada de las obras e instalaciones a realizar (*)
  • Presupuesto detallado ,desglosado por partidas, de la actuación suscrito por la empresa o profesional que ejecutará la obra o instalación (*)
  • Documentación gráfica cuando sea precisa: plano de emplazamiento de las obras, fotografías del estado actual, croquis o planos del estado actual y reformado, etc.
  • Permisos y autorizaciones que requiera el acto, la operación o la actividad de que se trate y que vengan exigidos por la normativa en cada caso aplicable

La documentación señalada con un asterisco (*) es obligatoria.

IMPUESTOS Y TASA A PAGAR 

De acuerdo con las Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento para la tramitación de la Declaración responsable deberá abonar:

  • El Impuesto de Construcciones , Instalaciones y Obras  por importe del 1,90% del Presupuesto de ejecución  material de la obnra o instalación. (B.O.P. núm. 8 de fecha 19/1/2018),
  • Una tasa de DIEZ EUROS (B.O.P. núm. 24 de fecha 25/2/2011)

¿COMO LO PAGO?:  

  • Con cualquier tarjeta de crédito
  • A través de Bizum
  • En alguna de estas entidades Globalcaja, Liberbank o Caixabank

TRAMITACIÓN

La declaración responsable de obras, se deberá presentar al menos con quince días de antelación respecto de la fecha en la que se pretenda dar inicio a la realización de las obras o instalaciones en cualquiera de los Registros habilitados.

Transcurrido el plazo de quince días desde la presentación de la declaración responsable, el interesado estará habilitado para realizar las obras y/o instalaciones contenidas en la misma, -siempre y cuando éstas se encuentren incluidas en la relación anterior y se haya presentado correctamente la documentación exigida-.

 Si los servicios técnicos municipales detectaran que la declaración responsable presenta deficiencias derivadas del incumplimiento o falta de concreción de alguno de los requisitos exigidos, o bien se plantean actuaciones que no se pueden tramitar por declaración responsable de obras, o que el presupuesto indicado es manifiestamente inferior al coste de la obra proyectada, se requerirá al promotor para que subsane las deficiencias detectadas, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento, la declaración responsable para la ejecución de las actuaciones no surtirá efecto y se considerará que las mismas se han realizado sin habilitación para ello, siendo constitutivas de una infracción urbanística.

 El requerimiento de subsanación de deficiencias interrumpe el cómputo del plazo de quince días que habilita para la ejecución de las actuaciones, reiniciándose una vez cumplimentado el requerimiento.

Se dará traslado a las Administraciones competentes de las comunicaciones cuyo objeto les afecte.

RESOLUCIÓN

Dentro de los veinte días hábiles siguientes a la presentación de declaración responsable el Ayuntamiento podrá dictar resolución denegando la posibilidad de realizar la actuación formulada cuando ésta esté sujeta al régimen de licencia y/o sea contraria a la ordenación territorial y urbanística, así como ordenar, justificadamente, la suspensión cautelar de la ejecución del acto. El transcurso del plazo de veinte días no supondrá en ningún caso la convalidación de la actuación de que se trate ni la renuncia a la posibilidad de ejercitar frente a ella la reacción que en Derecho proceda.

SERVICIO TRAMITADOR

La Secretaría del Ayuntamiento

QUIEN PUEDE RESPONDER A SUS DUDAS

Teléfono 967 33 40 01

 

 


 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE BONETE - P0201800J
Calle Murillo, 20
Bonete (02691)
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